Lío padre en el INEM para cobrar la subvención de 420 euros
Sólo tendrán derecho a la ayuda los que agotaron la prestación desde el 1 de agosto; los que la agotaron en julio, felicísimos

Enorme caos en las oficinas del INEM el primer día en que se podía solicitar la ayuda extraordinaria para parados sin prestación.En primer lugar, los que acudieron a las oficinas del paro descubrieron que sólo podían solicitar la ayuda si agotaron su prestación después del 1 de agosto, dato que, por desconocido, comenzó a calentar a la peña. «Oiga, yo la agoté el 1 de agosto de 2008, ¿eso vale?», gritaba uno. «Pues no, porque tú ya te has acostumbrado a pasar necesidades», improvisaba un guardia de seguridad.
Y decimos que improvisaba porque, en segundo lugar, los funcionarios no se sabían la normativa, recién llegada del Ministerio y todavía con la tinta fresca. De modo que desconocían si para tramitar la ayuda era necesario tener una renta inferior a 468 euros (que es lo que se exige), o superior o igual al precio de Cristiano Ronaldo dividido por el número áureo. «Pues vayan dando la ayuda, y ya después, si no cumplimos los requisitos, delvolvemos el dinero», sugería otro de los parados, por si colaba.
En tercer lugar, los solicitantes que acabaron su prestación desde el 1 de agosto, que, milagrosamente, dieron con un funcionario que se sabía la normativa y que, incautos, se disponían a rellenar el formulario de la solicitud, se encontraron con que... no había formularios.
«En el fondo, eso daba igual», nos comenta un funcionario: «con el calor, a nuestros bolis se les ha secado la tinta, con lo que no hubieran podido rellenar los formularios.»
En resumen, un magnífico ejemplo de previsión. «Bueno, sí, tal vez hubo un poco de caos», admiten en Moncloa, «pero al fin y al cabo es una mierda de 420 euros, tampoco vamos a ponernos tontos. ¡Y la buena intención es lo que cuenta!»